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El Senado entrerriano devolvió a comisión el proyecto de Transparencia y Ética Pública

La iniciativa, que ya cuenta con media sanción de Diputados, fue retirada del tratamiento en la 13ª sesión ordinaria por pedido del senador Juan Pablo Cosso. El oficialismo planteó la necesidad de incorporar aportes al proyecto y la moción fue aprobada por unanimidad.

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RADIO2820
17 de septiembre de 2026

El Senado de Entre Ríos decidió devolver a comisión el proyecto de ley de Transparencia y Ética Pública, identificado como Expediente N° 26.785, por lo que la iniciativa volvió a quedar pendiente de tratamiento en la Cámara alta.

La decisión se tomó durante la 13ª Sesión Ordinaria del 147° Período Legislativo, que contó con la presencia de 17 senadores y el quórum reglamentario. Cuando llegó el momento de abordar el proyecto, el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos, Juan Pablo Cosso (Más para Entre Ríos-Villaguay), solicitó que regresara a comisión.

“Desde nuestro bloque queremos hacer algunos aportes al tratamiento del mismo”, expresó Cosso durante la sesión. El pedido fue acompañado por la totalidad de los senadores presentes y, de esta manera, el expediente continuará siendo analizado en las comisiones de Asuntos Constitucionales y Acuerdos y de Legislación General.

El proyecto tiene un recorrido que comenzó en febrero de 2024, cuando fue presentado por el gobernador Rogelio Frigerio. Posteriormente, en agosto de ese año, obtuvo la media sanción de la Cámara de Diputados, donde fue aprobado por unanimidad.

Uno de los puntos que generó discusión durante su paso por el Senado fue el criterio establecido para determinar cuándo una condena impide el acceso a determinados cargos públicos. En la versión original se contemplaba el denominado doble conforme, es decir, una condena confirmada por un tribunal superior aunque todavía pudiera ser recurrida ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Durante el análisis en comisión apareció luego una modificación que reemplazaba ese criterio por el de condena firme, entendido como una sentencia que hubiera agotado todas las instancias judiciales correspondientes.

Esa modificación fue cuestionada por organizaciones vinculadas a la temática de transparencia y Ficha Limpia, que plantearon reparos sobre el alcance de la norma. El expediente volvió entonces a comisión y ahora, nuevamente, continuará en esa instancia.

La diferencia entre ambos criterios tiene consecuencias sobre el momento en que una persona condenada quedaría impedida de presentarse como candidata o ejercer determinados cargos públicos. El doble conforme fija el límite en la confirmación de la condena por un tribunal superior, mientras que el concepto de sentencia firme extiende el proceso hasta el agotamiento de las instancias judiciales.

Por ahora, el Senado no rechazó el proyecto, pero tampoco avanzó con su sanción. La iniciativa deberá continuar su tratamiento en las dos comisiones antes de regresar al recinto para una nueva definición.


FUENTE: Análisis Digital / El Entre Ríos

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